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Numero Expediente2RO-13360-P2015
Pautas
  1. Fijar domicilio en la calle Avelino Gutiérrez y Miguel Reinoso (esquina) monolito de gas 108, Barrio Evita de General Enrique Godoy, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido;

***Domicilio Villa Regina (Calle La Tablada, Casa Nº 5, Barrio La unión de Villa Regina)

  1. Abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas;
  2. No concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas;
  3. No concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;
  4. No cometer delitos;
  5. No tener ni portar Armas;
  6. No conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial;
  7. Someterse al cuidado del Patronato;
  8. Adoptar profesión u oficio, debiendo  contar con todos los permisos solicitados por el Poder Ejecutivo Nacional y/o Poder Ejecutivo Provincial, la que comunicara al Tribunal mediante el IAPL o su Defensora ;
  9. PODRA CIRCULAR UNICAMENTE POR GENERAL ENRIQUE GODOY Y VILLA REGINA, hasta nueva autorización de este Tribunal;
  10. Deberá realizar  tratamiento para adicciones en narcóticos anónimos o institución que brinde tratamiento, al finalizar la Pandemia por Covid-19;
  11. Podrá concurrir al domicilio de Susana Ledesma en Villa Regina a fin de continuar con la construcción de la casa de esta ultima, en los términos que las autoridades respecto de la Pandemia lo autoricen,  porque no están autorizadas las visitas entre personas no convivientes, no pudiendo quedarse a pernoctar en dicho domicilio, sin excepción. Todo ello bajo apercibimiento de revocarse el beneficio concedido.