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Numero Expediente2RO-3505-JE2022
Pautas

ABEL JESÚS CARO COLQUE las siguientes pautas de conducta a cumplir por el término de 2 años: a.-) fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato, con la comparecencia cuatrimestral por ante Instituto de Presos y Liberados o supletoriamente por ante Juzgado de Paz de la localidad de Lamarque, donde deberá dejar constancia de cualquier cambio de domicilio, actividad laboral y número de teléfono de contacto; b.-) abstenerse de cualquier acto de molestia o perturbación hacia la víctima de autos: Carola Capuma Capia, en donde ésta se encuentre, fijándose una prohibición de acercamiento, tanto de la persona de la víctima como del domicilio de ésta en calle Independencia 1093 de la localidad de Lamarque, en un perímetro no menor de 100 metros y abstención de realizar cualquier acto molesto o perturbador que afecte a la nombrada por cualquier vía o medio (vía telefónica, en forma directa o por interpósita persona, medios virtuales o redes sociales). c.-) Abstenerse del consumo de estupefacientes y del abuso del consumo de bebidas alcohólicas, esto último en faz pública. d.-) Someterse al un tratamiento Médico Psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia, por el Área de Salud Mental del Hospital Lamarque, a los efectos de abordaje de los rasgos de personalidad, control de impulsos y violencia de género, pudiéndose – a todo evento - suplir el mismo con informe sustanciado en similares términos por ante Juzgado de Familia.