Pautas |
- La obligación de fijar residencia;
- Someterse al cuidado de un patronato, institución a la que deberá presentarse en forma TRIMESTRAL;
- Abstenerse de concurrir a determinados lugares o de relacionarse con determinadas personas, de usar estupefacientes y de abusar de bebidas Alcohólicas.
Todo ello bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena oportunamente acordada (art. 27 bis incisos 1º, 2º y 3º del Código Penal).
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