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Numero Expediente2RO-3411-JE2022
Pautas

a.-) Fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato, con una comparecencia cuatrimestral ante dicho instituto donde mantendrá domicilio actualizado.
b.-) Abstenerse de cualquier acto de molestia o perturbación hacia la víctima de autos Shirley Soledad Catalano e hijo en común C.M., con expresa prohibición de acercamiento a una distancia menor a 100 mts. del domicilio de esta y de igual distancia de acercamiento personal del lugar donde se encuentren, siendo comprensiva tal imposición de toda molestia que pueda ocasionarse por intermedio de otra persona y/o inclusive llamadas telefónicas, mensajerías de texto y/o perturbación por medio de la utilización de redes sociales; dejándose constancia que dicha medida podrá morigerarse con intervención o por disposición del Juzgado de Familia competente para resolver en relación al hijo menor que tienen en común las partes involucradas.-
c.-) Abstenerse del consumo de estupefacientes y del abuso del consumo de bebidas alcohólicas en la faz pública;
d.-) Someterse al un tratamiento Médico Psicológico, previo acreditación de su necesidad o eficacia, por ante el Área de Salud Mental del Hospital de Choele Choel y que acredite el respectivo abordaje terapéutico e informes respecto de eventuales adicciones; su relación con el sexo opuesto, vivencia de su masculinidad, control de los impulsos, violencia de género y de la ira, relaciones de pareja y familiares, niños y adolescentes. violencia de género.