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Numero Expediente2RO-3458-JE2022
Pautas

a) Fijar y mantener domicilio, debiendo dar aviso a la Fiscalía y Juzgado de Ejecución en caso de mudarlo.

b) Comparecer en forma TRIMESTRAL al Patronato de Pn:sos y Liberados a dar cuenta de su paradero.

c) Prohibición de salir del país.

d) prohibición de acercamiento y de comunicación por cualquier medio a la menor víctima P. C. y a su domicilio.

e) no cometer nuevos delitos

Todo bajo apercibimiento del arto 27 bis dd C. Penal. esto es de revocarse la condicionalidad de la pena.