Numero Expediente | MPF-VI-04280-2019 |
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Pautas | -Constituir domicilio del que no podrá mudar sin previo conocimiento y autorización del Tribunal Interviniente.
-Someterse al cuidado y control del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados
-Iniciar tratamiento psicológico que aborde la problemática mencionada en la pericia que se le practico en el legajo y ésta vinculada con su propio desarrollo sexual precoz, aclarando que ese tratamiento debe ser hecho en un área especifica al respecto, deberá diagramarse o gestionarse algún tratamiento especializado en ese sentido, el tratamiento será cumplido por el tiempo de cumplimiento de las pautas o hasta que reciba el alta médica, lo que ocurra primero. |