Pautas |
- Fijar domicilio en calle Belgrano Nº 222, Casa Nro. 4, Barrio 10 viviendas de la ciudad de Chichinales, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido;
- Abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas;
- No concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas;
- No concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;
- No cometer delitos. En caso de que se inicie proceso judicial ante la posible comisión de un delito, se le suspenderá de oficio el presente beneficio hasta tanto se aclare o resuelva su situación procesal;
- No tener ni portar armas;
- No conducir vehículos motorizados, sin la debida autorización legal;
- Someterse al cuidado y supervisión del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados;
- Adoptar profesión u oficio, la que comunicara al Tribunal.
- Realizar un adecuado tratamiento psicológico y/o psiquiátrico a los fines de abordar la adicción a sustancias psicoactivas a los fines de favorecer su incorporación a su entorno familiar y social, debiendo dar cuenta de ello a este tribunal en un plazo no mayor a quince días;
- Prohibición de acercamiento y hostigamiento respecto de Ramírez José Miguel, Adriana Guevara, -padres de la victima de autos- , y sus hijos Anahi Ramírez, Facundo Adrian Ramírez, Tomas José Ramírez y Lucas Damián Ramírez y en un radio de 100 metros del domicilio de estos sito en Calle Belgrano Oeste, Casa 5 de la localidad de Chichinales. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.
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