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Numero Expediente2RO-2800-JE2020
Pautas
  1. Fijar residencia y someterse al cuidado del IAPL, supliendo esto último con la comparecencia cuatrimestral por ante el Juzgado de Paz de Río Colorado (Río Negro).
  2. Abstenerse de cualquier acto de molestia o perturbación hacia la victima de autos y denunciante, Milagros Inés López, con expresa prohibición de acercamiento a una distancia menor a 200 metros del domicilio de ésta o lugar de trabajo y de 100 metros de acercamiento personal del lugar donde se encuentre, siendo comprensiva tal imposición de toda molestia que pueda ocasionarse por intermedio de otra persona y/o inclusive llamadas telefónicas, mensajería de texto y/o perturbación por medio de la utilización de redes sociales.
  3. Abstenerse del consumo de estupefacientes y del abuso del consumo de bebidas alcohólicas.
  4. Realizar un tratamiento psicológico, previo informe que acredite sobre su necesidad o eficacia, por ante servicio de Salud Mental del Hospital de Río Colorado, debiendo agregarse constancia que acredite el respectivo abordaje terapéutico e informe respecto de su relación con el sexo opuesto, vivencia de la masculinidad, control de los impulsos, ira, violencia de género y relación de pareja.