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Numero Expediente2RO- 2376-JE2019
Pautas

Reglas de conducta impuestas judicialmente hasta el:

a) Someterse al cuidado de un Patronato y fijar domicilio, del que no se ausentará por más de Quince Días sin autorización del Tribunal, debiendo presentarse MENSUALMENTE ante el referido Patronato desde febrero 2022 a mayo 2022.

b) No podrá viajar al exterior sin autorización del Tribunal;

c) Abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y estupefacientes;

d) No concurrir a lugares nocturnos.

e) MANTENER su modo de vida dentro de los parámetros normales sin involucrarse en episodios delictivos; 

f) ACLARAR que el tiempo de presentación ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados será por el término de dos años. 

g) ACLARAR en lo referido al inciso c) que le queda prohibido consumir estupefacientes; 

h) HACER SABER que las presentes reglas de conducta comienzan a correr a partir de la lectura del presente 16/12/2021.

Todo, bajo apercibimiento del art. 27 bis CPENAL