Pautas | REGLAS DE CONDUCTA IMPUESTAS JUDICIALMENTE:
- CONCEDER a Nadia Noemí FUENTES, de demás condiciones personales acreditadas en autos, la PRISIÓN DOMICILIARIA, y que la nombrada deberá cumplir en la residencia sita en la calle Defensa y Cisnes N°1351 de Barrio Nuevo de la ciudad de General Roca, provincia de Rio Negro, teniendo por designada a la señora Silvia Noemí Yevenes, D.N.I. nro. 24.392.462, como su referente (art. 32, inc. f, ley 24.660).
- PONER EN CONOCIMIENTO de la nombrada que deberá permanecer en el domicilio referido, que no podrá ausentarse del mismo sin previa autorización del Tribunal y que, en caso de que quebrantare injustificadamente dicha obligación o cuando los resultados de la supervisión así lo aconsejaren, podrá revocarse el beneficio otorgado (art. 34, ley 24.660).
- REQUERIR al Instituto de Presos y Liberados de esta ciudad que efectúe un control mensual de la medida (art. 33, ley 24.660).
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