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Numero Expediente2RO-2557-JE2019
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V. REAFIRMAR a CASTRO, WALTER LEANDRO las reglas de conducta que debe cumplir, esto es: a) fijar domicilio
del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimientode revocársele el beneficio concedido; b) abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social; e) no cometer delitos; f) no tener ni portar armas; g) no conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial; h) someterse al cuidado del Patronato; i) adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal; j) Disponer la prohibición de acercamiento a Marcela Mabel Revilla, a un radio de 200 metros del lugar en el que se encuentre y/o de su domicilio; y/o molestar por cualquier medio a la misma y/o molestarla por cualquier medio o red social; k) No ingresar a la ciudad de Choele Choel bajo ningún tipo de motivo; l) Continuar con el tratamiento psiquiátrico que está realizando, y en caso de requerir medicación, deberá dirigirse a la salita correspondiente. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.