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Numero ExpedienteFBB 83101/2017/TO1/25
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REGLAS DE CONDUCTA IMPUESTAS JUDICIALMENTE

 

  1. Residir en el domicilio que fije al momento de su soltura, el que no podrá modificar sin previa autorización de este Tribunal;
  2. Abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes;
  3. Adoptar en la medida de lo posible y a la brevedad, oficio, arte, industria o profesión, si no tuviere medio propio de subsistencia;
  4. No cometer nuevos delitos;
  5. Someterse a la supervisión del patronato de la Provincia de Río Negro;
  6. Prohibir la salida del país hasta el vencimiento de la pena, que operará el día 08 de Junio de 2023.