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Numero Expediente2RO-3116-JE2021
Pautas
  1. Fijar del cual no podrá ausentarse sin la debida información a la defensa técnica , el fiscal actuante u oficina judicial
  2. Cumplir con un comparendo cuatrimestral  por ante la comisaria mas cercana a su domicilio declarado
  3. Mantener su modo de vida dentro de los parámetros normales sin involucrarse en episodios delictivos
  4. Abstenerse de cualquier acto molesto o perturbatorio hacia la victima Sra. María Isabel Santibáñez , con expresa prohibición de acercamiento a una distancia no menor a 100 metros del domicilio de esta y de acercamiento personal del lugar donde se encuentre , actuando por si o por intermedio de otra persona  y/o inclusive llamadas telefónicas , mensajes de texto y / o por utilización de redes sociales
  5. Abstenerse del consumo de sustancias  estupefacientes y de abuso de bebidas alcohólicas en la faz publica
  6. Someterse a tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad o eficacia por ante servicio de Salud Mental Del Hospital José Cibanal de Rio Colorado , para el respectivo análisis  de la problemática de eventuales adicciones ,relación con el sexo opuesto ,vivencia de su masculinidad , control de impulsos y violencia de genero

AUDIENCIA 07/10/2021. RESUELVE:
 

II- COMPUTAR dos años de reglas de conducta, agotando estas el 07/06/2023, las
cuales podrán prorrogarse en caso de incumplimiento.
IV- AUTORIZAR el cambio de domicilio a calle Ramón Tuero 1370 de Rio Colorado.
V- MODIFICAR la regla de conducta b, DEBERA presentarse en forma MENSUAL ante
el Juzgado de Paz de Rio Colorado y asimismo deberá presentarse cada 3 meses
ante el IAPL sede Choele Choel.
VI-HACER SABER al Sr. ADRIAN MARTINEZ que deberá presentarse tal como se
indicó en el punto V ante el Juzgado de Paz y ante el IAPL,

Todo bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad impuesta.-