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Numero ExpedienteFGR-1022/2016/TO1/7
Pautas
  1. Mantener el domicilio fijado e informar inmediatamente cualquier cambio al Tribunal;
  2. Presentarse ante la sede del Patronato o Juzgado de Paz, según sea el caso, mas cercano a su domicilio, en forma TRIMESTRAL, institución que deberá informar en caso de incumplimiento dentro de los 15 días de producido;
  3. Abstenerse de concurrir a lugares o relacionarse con personas que conocidamente tengan vinculación con el trafico, distribución, comercio, tenencia o cualquier actividad ilícita relacionada con estupefacientes,
  4. No salir del país, salvo expresa autorización de este Tribunal.
  5. En sustitución de trabajos comunitarios y previa deducción de la suma de $16.190 que deberá ser restituida a la madre del acusado SACNE, donar la totalidad del dinero incautado y depositado en la cuenta de autos (moneda nacional y extranjera) al Hospital publico de la ciudad de Villa Regina.

Todo ello bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la condena acordada. (Art. 27 bis, incisos 1,2 y 8  ultima parte del C.P.).