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Numero Expediente2RO-2578-JE2019
Pautas
  1. Fijar y mantener residencia, y para el caso de cambiar la misma, dar aviso al Juzgado de Ejecución Penal Nro. 10.
  2. Someterse al control por parte del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados local, de ésta provincia y presentarse allí cada cuatro meses, a los fines de dar a conocer sus condiciones de vida.
  3. Prohibición de consumir todo tipo de estupefacientes y de abusar en bebidas alcohólicas.
  4. Realizar el taller que brinda el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados para personas condenadas por hechos cometidos con violencia de género.
  5. Mantener su modo de vida dentro de los parámetros normales sin involucrarse en episodios delictivos.
  6. AGREGAR la PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO de CARLOS HERNAN RODRIGUEZ MEDINA respecto de María Cecilia Aguirre a un radio de 200 metros de su domicilio, como así también respecto de cualquier lugar en donde ésta se encuentre. Como así tampoco podrá realizar actos pertubatorios o de hostigamiento mediantes llamadas telefónicas, mensajes de texto, mensajes de Whatsapp, ni por ninguna red social, ni por interpósita persona. En caso de encontrarse con ella en algún lugar, deberá alejarse activamente de la misma.